Menos «rescates» en España y anuncio de nueva legislación

El embargo de bienes sin el consentimiento del propietario, conocido como «ransomas», es uno de los mitos del mercado inmobiliario español. El fenómeno existe, pero su magnitud está disminuyendo, como confirman los datos del Ministerio del Interior. A su vez, la protección contra los «ransomas» aumentará gracias a la nueva legislación.

Desciende el número de «rescates

Según datos del Ministerio del Interior español, en 2023 se produjeron en todo el país 1.436 casos menos de embargo de bienes sin el consentimiento del propietario que el año anterior. Esto supone un descenso interanual del 8,8%. Entre las regiones en las que descendió el número de ‘rescates’ se encuentran: Comunidad Valenciana (-19,1%), Castilla-La Mancha (-12%), Cataluña (-10,6%), Andalucía (-7,2%) y Castilla y León (-5,3%). En la provincia de Málaga, sólo hubo 439 casos de ‘okupas’ en 2023.

El fenómeno de los «rescates» afecta sobre todo a inmuebles desocupados, propiedad de bancos o fondos de inversión desde hace mucho tiempo. En la Costa del Sol, donde las casas y pisos están en uso constante y la temporada de golf empieza después de la turística, los casos de ocupación son marginales. Además, la normativa está cambiando en todo el país, también en lo que respecta a los «ransomas».

¿Qué cambia en la legislación?

La modificación de mayo de 2023 de la Ley de Vivienda contemplaba, entre otras cosas, la cuestión de las okupas. La legislación aún no ha sido aplicada por todas las Comunidades Autónomas, y Andalucía… la impugnó ante el Tribunal Constitucional. En mayo de 2024, éste confirmó que la normativa sobre el desahucio de inquilinos sigue vigente, pero esa parte de la legislación inmobiliaria sigue correspondiendo a las comunidades autónomas.

El Congreso de los Diputados español ha aprobado una nueva normativa para atajar el problema de los «ransomas». Con esta normativa, los propietarios recibirán una mayor protección contra las ocupaciones ilegales de sus casas o pisos. El proyecto de ley sobre la materia está ahora pendiente de aprobación definitiva en el Senado; se espera que los cambios entren en vigor sin grandes modificaciones.

La nueva legislación sobre «ransomas» en España introduce varios cambios importantes para mejorar la lucha contra la ocupación ilegal:

  • Con la nueva normativa, los casos de ocupación ilegal de inmuebles y de infracción contra la propiedad se tramitarán de forma acelerada. Se prevé que el tiempo máximo de espera para la adjudicación sea de solo 15 días, lo que se espera acelere considerablemente los procesos judiciales y permita a los propietarios recuperar rápidamente sus locales.
  • Ante casos evidentes de ocupación ilegal de propiedades, la policía y otros servicios encargados de hacer cumplir la ley tendrán derecho a llevar a cabo un desalojo sin orden judicial previa. Para que esto sea posible, los propietarios tendrán que presentar los documentos pertinentes que demuestren sus derechos de propiedad. Esta solución pretende acortar los procedimientos y hacer más eficaz la aplicación de la ley.
  • La nueva legislación también introduce una serie de mejoras para los propietarios. Se facilitará la denuncia de las ocupaciones ilegales y los propietarios podrán exigir responsabilidades a los «secuestradores» por los daños causados. Con la facilitación de estos procedimientos se pretende aumentar la protección de quienes sean víctimas de ocupaciones ilegales de propiedades.

La enmienda no cubre todas las situaciones relacionadas con la ocupación de propiedades. Las disposiciones excluyen las relacionadas con retrasos en el pago del alquiler y los casos en que los ocupantes puedan demostrar que se encuentran en una situación vital difícil. Estas excepciones pretenden proteger a las personas que se encuentran en situaciones de crisis y no pueden pagar el alquiler.

Mayor protección frente a los «rescates»

El proyecto de ley se encuentra actualmente en el Senado. Una vez aprobada por las cámaras del Parlamento, la nueva legislación se publicará en el Diario de Leyes y entrará en vigor inmediatamente.

La nueva normativa pretende proteger mejor los derechos de los propietarios y luchar más eficazmente contra los «rescates». La introducción de estos cambios ha sido bien acogida por numerosas organizaciones del sector, que subrayan que la agilización de los trámites y la simplificación del proceso de desahucio constituyen un paso importante para mejorar la seguridad en el mercado inmobiliario español.

A pesar de los cambios en la legislación sobre la propiedad, el robo y el allanamiento de morada están tipificados como delitos en España. El artículo 202 del Código Penal español trata del robo con allanamiento de morada cuando el autor es sorprendido in fraganti. En la práctica, se refiere a una denuncia en las primeras 48 horas de un ocupante salvaje. En este caso, la policía tiene derecho a «liberar» inmediatamente el piso.